Civil

En nuestro ordenamiento jurídico la función del derecho común la desempeña el civil y, en particular, el Código Civil.

En la actualidad esta rama es un sector del ordenamiento que forma parte del derecho privado, en contraposición al público.

La característica de este derecho común es servir de base y como supletorio si no existe otra regulación, o también de los territorios forales.

El elemento común de su desarrollo ha sido tradicionalmente la persona, la familia y el patrimonio, es decir, los pilares fundamentales:

a) La persona como individuo que pertenece a esta sociedad,

b) La familia, en cuanto grupo humano clásico que encuadra las relaciones entre sus miembros y con el resto de la comunidad y;

c) El patrimonio como conjunto de bienes, derechos y obligaciones de cualquier persona, así como los insrumentos básicos de un intercambio y los mecanismos de transmisión de esos bienes a través de la herencia.

El conjunto de normas que llamamos derecho civil está formado por el C.c, las leyes especiales y los derechos especiales o forales en determinadas regiones de España.

Si desea que llevemos sus casos de derecho civil en Málaga no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados y le atenderemos encantados.

1 Comentario

  1. Rey dice:

    nuevo psdoact y esta vez se trata de un programa especial porque lo he realizado conjuntamente con Derecho en Red, un proyecto del que ya hablé hace unas semanas en mi

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